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El informe de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) que veta la
opa de Gas Natural sobre Iberdrola pone especial énfasis en los graves
riesgos relacionados con la transferencia de rentas de activos regulados a
activos liberalizados. Es decir, que se use el dinero obtenido por tarifas
para financiar la operación.
El regulador teme que la empresa fusionada no
cumpliera su obligación de hacer una red de gas para la distribución
nacional
Justifica el veto a la opa, en lugar de aprobarla con
condiciones, porque era muy complejo exigir su cumplimiento
La Comisión Nacional de la Energía (CNE) vetó la opa de Gas Natural
sobre Iberdrola por entender que se trata de utilizar el incremento de
recursos obtenidos de los consumidores mediante una tarifa regulada por el
Gobierno en régimen de cuasi monopolio para financiar la compra de una
empresa sometida a la competencia.
Según la resolución de la CNE a la que ha tenido acceso, el regulador
estima que la operación plantea importantes riesgos desde el punto de
vista de la financiación de la opa. Por tanto, la única posibilidad de
haber sido autorizada es que la compra de la compañía Iberdrola se
hubiera pagado toda ella con recursos propios (es decir, no obtenidos de
tarifas reguladas). De esta manera, se habría evitado poner en riesgo
tanto el patrimonio como como las inversiones futuras en gas.
La resolución hace especial énfasis en los importantes riesgos
relacionados con la transferencia de rentas de activos regulados hacia
activos liberalizados. Esto se podría haber evitado cambiando la
estructura societaria con la creación de un holding o filiales estancas,
pero en ningún caso, según las fuentes jurídicas consultadas, desde Gas
Natural SDG.
El regulador es contundente al señalar que no sólo la compra de
Iberdrola tiene que hacerse con recursos propios, sino que además éstos
tienen que ser suficientes para pagar la deuda que tiene la eléctrica.
Otro elemento clave de la resolución es que se exige la obligación de
dar garantías (avales) sobre las inversiones planificadas en activos de
distribución de electricidad y de gas, lo que encarecería seriamente la
operación de haberse autorizado.
La CNE hace especial énfasis en que la empresa resultante continuaría
ejerciendo su función de distribución de electricidad en las zonas de
electricidad donde está implantada y donde desarrollaría la
distribución de gas natural. Esto hace que las futuras inversiones
estuvieran guiadas por su criterio económico en lugar de estarlo por los
objetivos de desarrollo de las infraestructuras gasísticas. Recuerda que
Gas Natural tiene en monopolio la distribución de gas hasta el 2005 y,
por tanto, no puede guiarse por criterios exclusivamente económicos (como
sinergias en zonas de distribución común o el desarrollo en áreas
rentables), sino que debe prevalecer el desarrollo homogéneo de la red
gasista en todo el territorio, especialmente por los incentivos que cobra
para ello a través de las tarifas.
Además, la CNE advierte de que, según los datos aportados, las
inversiones previstas en los negocios regulados se reducirían un 12%
hasta el año 2006.
Otro elemento importante que ha tenido en cuenta el regulador es el
hecho de que una opa encarece la operación y obliga a la empresa
resultante a iniciar su actividad con un elevado endeudamiento. Esto
significa que pone en peligro los compromisos de inversión en
infraestructuras y la garantía de calidad de suministro a los
consumidores que tiene asumidos con la Administración y por los que
obtiene unos recursos a través de las tarifas que fija el Gobierno.
Además, advierte de la existencia de graves problemas de competencia
derivados de la integración vertical de distribución y comercialización
de los negocios de gas y electricidad.
El consejo de la CNE justifica su prohibición de la fusión, en lugar
de haberla aprobado con condiciones, porque la operación se planteó
mediante una opa. Según advierte, esto hace muy difícil perseguir el
incumplimiento de sus imposiciones por parte de la nueva empresa.
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