|
La Comisión Europea está preparando
una directiva para crear un mercado comunitario de compraventa de derechos
de emisiones contaminantes, que ayudará a los Estados miembros a cumplir
los objetivos del Protocolo de Kioto.
Un régimen en dos etapas
El mercado de intercambio de derechos de emisiones
contaminantes se creará en una primera fase, entre 2005 y hasta finales
de 2007, durante la cual “no habrá objetivos jurídicamente
vinculantes que limiten las emisiones de gases de efecto invernadero en
los Estados miembros”.
A partir de 2008, el intercambio dará lugar a un ajuste
a los objetivos de Kioto, de acuerdo con los inventarios nacionales de
gases de efecto invernadero. Los sectores que podrán acogerse a este
régimen serán los mismos que están sometidos a la Directiva sobre
Control y Prevención Integrados de la Contaminación –conocida por
sus siglas en inglés, IPPC–.
Entre ellos, destacan el energético –principalmente,
a través de las centrales térmicas–, papel y cartón, mineral,
textil y agroalimentario. En España, la ley IPPC está en tramitación
parlamentaria. Por otra parte, la Comisión Europea admite que “es
necesario que este instrumento sea compatible con la liberalización de
los mercados de la energía”.
Además, el borrador de directiva, que actualmente está
en discusión, afirma que “el comercio de derechos de emisión y los
impuestos energéticos destinados a tratar las emisiones de dióxido de
carbono deberían planearse de manera que actúen como instrumentos
complementarios”. Bruselas añade que el régimen debe lograr “un
equilibrio razonable entre la simplicidad, la eficacia, la
subsidiariedad y la transparencia”.
Bruselas asegura que se derivarán ventajas ambientales y se generará
un ahorro de 1.300 millones de euros gracias a la puesta en marcha de este
régimen.
El lanzamiento de la directiva sobre comercio de emisiones
contaminantes forma parte de la agenda de la Presidencia española de la
Unión Europea. El objetivo es iniciar el debate para establecer un
régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto
invernadero en el ámbito comunitario, a partir de 2005.
Se trata, además, de uno de los mecanismos previstos para el
cumplimiento del Protocolo de Kioto, que obliga a la reducción de gases
de efecto invernadero –principalmente, dióxido de carbono– durante
los próximos años.
Compraventa de permisos El futuro mercado permitirá a los Estados
miembros conceder “un permiso de emisión de gases de efecto invernadero
que fije la obligación de disponer de derechos de emisión equivalentes a
las emisiones reales”. Así, las empresas podrán transferir la parte de
sus derechos de emisiones contaminantes que no utilicen.
Por ejemplo, si una compañía puede emitir hasta un nivel 100 y sólo
contamina hasta 80, podrá vender 20 a otra empresa que necesite
contaminar más. “El comercio de derechos de emisión permite a empresas
concretas emitir más de lo previsto por cualquier permiso inicial que
hayan recibido a condición de que puedan encontrar a otra empresa que
haya emitido menos de lo permitido y esté dispuesta a transferir los
derechos de emisión ahorrados”, señala el actual borrador de
directiva.
De esta forma, el resultado equivaldría a que las dos compañías
utilicen sus derechos de emisión, pero “con la diferencia importante de
que tanto las empresas compradoras como las vendedoras se beneficiarían
de la flexibilidad brindada por el comercio, sin dañar el medio ambiente”.
Bruselas estima que se generará un ahorro anual de costes por el
comercio de derechos de emisión de unos 1.300 millones de euros o un 35%,
frente a la situación que se plantearía sin que este régimen estuviera
en marcha.
Por lo tanto, la Comisión cree que la creación de este mercado
europeo implicará ventajas medioambientales y económicas. Desde el punto
de vista ecológico, Bruselas asegura que la severidad de la cuota total
de derechos de emisión asignados a las empresas representará el límite
global de emisiones autorizadas por el régimen.
Según el borrador, “un atractivo importante de este sistema es que
proporciona una certidumbre relativa sobre los resultados
medioambientales, aunque el comercio de derechos no reduzca por sí mismo
dichas emisiones”.
Pero también existen ventajas económicas, según la Comisión, ya que
el futuro régimen “velará por que las reducciones de las emisiones
necesarias para lograr unos resultados medioambientales determinados
precisamente se produzcan allí donde el coste de la reducción sea más
bajo”.
|