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Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. B.O.E. núm. 285, del 28 de noviembre de 1997. Disposición
transitoria novena. Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima. Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima, ejercerá las funciones atribuidas en la presente Ley al
operador del sistema y al gestor de la red de transporte. La adecuación de las
participaciones sociales a lo dispuesto en el artículo 34.1 deberá realizarse
en el período de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley, mediante la
transmisión de acciones o, en su caso, de derechos de suscripción preferente.
Dentro del plazo citado deberán mortificarse los estatutos sociales para
introducir la limitación de participación máxima establecida en dicho artículo. La limitación de la
participación máxima a que se refiere el artículo 34.1 no será aplicable a
la participación correspondiente a la Sociedad Estatal de Participaciones
Industriales, que mantendrá una participación en el capital de Red Eléctrica
de España, Sociedad Anónima, de, al menos, el 25 por 100 hasta el 31 de
diciembre del año 2003, manteniendo posteriormente, en todo caso, una
participación del 10 por 100. La sociedad mercantil que, de
acuerdo con el artículo 33 de la presente Ley, ha de asumir las funciones del
operador del mercado será constituida por Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima, que suscribirá aquella parte del capital que no sea atendida por
otros accionistas, debiendo en el plazo de seis meses proceder a la enajenación
de dicha participación. Sin perjuicio de lo previsto
en el artículo 13.4 de la presente Ley, los contratos que, teniendo por objeto
intercambios intracomunitarios e internacionales de energía eléctrica a largo
plazo hubieran sido suscritos por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima
con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, mantendrán su
vigencia hasta que se produzca su extinción, conforme al período de finalización
pactado en el contrato. La energía que tenga su
origen en los mencionados contratos, se retribuirá al precio y en las
condiciones previstas en los mismos y quedará excluida del sistema de ofertas.
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© SIGE Sistemas de información y gestión energética, S.A.webmaster@cogeneracion.orgÚltima modificación: 16 de enero de 2001. |